CHACO

Multitudinaria jornada sobre juicio por jurados en Castelli

Castelli fue sede de una multitudinaria jornada referida al sistema de juicios por jurados en lo que significa la previa del desembarco del sistema en la sexta circunscripciĆ³n judicial a partir del segundo semestre.

Alrededor de 120 personas participaron de la actividad que tuvo lugar en la extensiĆ³n Ć”ulica de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y PolĆ­ticas de la UNNE con la participaciĆ³n como expositores de la presidenta del Superior Tribunal de Justicia del Chaco, Emilia MarĆ­a Valle y su par VĆ­ctor del RĆ­o.

AdemĆ”s estuvieron presentes el intendente local Pio Sander y su par de Miraflores, Jorge Frank; Karina Rach, presidenta del Concejo Municipal; Luis Alegre, director extensiĆ³n Ć”ulica de la UNNE; la presidenta de la CĆ”mara de Apelaciones Multifuero, Alejandra Genovese; los camaristas Gladys Regosky y RaĆ¹l Rach, magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, integrantes de la extensiĆ³n Ć”ulica, estudiantes, profesionales del derecho y pĆŗblico en general.

En primer lugar, Mariela Benavento presentĆ³ la actividad en lengua qom. Luego dieron la bienvenida Alegre y Sander. A continuaciĆ³n Genovese repasĆ³ la historia de la implementaciĆ³n del juicio por jurados, marcando la intervenciĆ³n y los antecedentes de Valle y Del RĆ­o, y reflexionĆ³: ā€œel jurado llegĆ³ para quedarseā€. RecordĆ³ ademĆ”s que ā€œcon el primer juicio por jurados la cultura tambiĆ©n se hizo presenteā€ y mencionĆ³ al escultor Fabriciano GĆ³mez, creador del martillo utilizado en aquella ocasiĆ³n.

Valle: el sistema acusatorio es el que nos manda la ConstituciĆ³n

En su disertaciĆ³n, Valle, remarcĆ³: ā€œes un placer venir a hablar de este instituto que como dice HĆ©ctor Granillo FernĆ”ndez fue durante tanto tiempo vivida desde el rechazo, la invisibilizaciĆ³n y la ausencia en la currĆ­cula de la facultadā€. Y ampliĆ³ con lo dicho por la experta Valerie Hans: ā€œla experiencia argentina es la mĆ”s exitosa en un paĆ­s de tradiciĆ³n inquistorialā€.

MĆ”s adelante citĆ³ a Andres Harfuch cuando indica que el Ć©xito del jurado se debe a que las leyes provinciales argentinas responden al modelo clĆ”sico respetando sus notas caracterĆ­sticas. AgregĆ³: ā€œel Ć©xito del jurado se debe tambiĆ©n a dos cuestiones trascendentales ; en los Ćŗltimos aƱos se promovieron reformas tendientes a mejorar la administraciĆ³n de justicia, transparentarla y tener mayor credibilidad, en especial, en el sistema penalā€. ā€œNuestro desafĆ­o como poder judicial es detenernos en los conflictos, promover la armonĆ­a y la paz socialā€, aƱadiĆ³.

ā€œOtra cuestiĆ³n es el paso del sistema inquisitorio al acusatorio, previo paso por el mixto, que es el que nos manda la constituciĆ³n. Y no existe un sistema acusatorio adversarial real sin juicio por juradosā€ reflexionĆ³.

Luego repasĆ³ distintas etapas de la evoluciĆ³n del sistema de juicio por jurados en el paĆ­s y en el Chaco; asĆ­ como las caracterĆ­sticas de la ley 2364-B.

Por Ćŗltimo, considerĆ³: ā€œel juicio por jurados es una tarea de colaboraciĆ³n entre el juez tĆ©cnico y los jueces ciudadanosā€.

Del RĆ­o: devolver al pueblo el poder de ser parte del sistema judicial

A su turno, Del RĆ­o indicĆ³ que este sistema tiene como objetivo ā€œdevolver al pueblo el poder de ser parte del sistema judicialā€. ā€œEstamos hablando de la construcciĆ³n de una nueva sociedadā€ en la que reconozcamos ā€œel valor que tiene cada ciudadano y una distribuciĆ³n distinta del poderā€ que procede de ā€œla legitimaciĆ³n que el pueblo hace de los actos de gobiernoā€.

ā€œNo es sencillo aplicar un cambio copernicano, requiere el esfuerzo de todosā€, reconociĆ³.

En otro punto de su exposiciĆ³n recorriĆ³ otras caracterĆ­sticas del instituto, haciendo hincapiĆ© en la audiencia preliminar y la de voir dire , describiendo algunas cuestiones relacionadas con las dificultades que pueden enfrentarse durante la celebraciĆ³n de las mismas.

Del RĆ­o explicĆ³ que mediante cada juicio por jurado pueden ver ā€œcuan atado estamos al expediente o si estamos pasando a un sistema acusatorio verdaderamente autĆ©nticoā€.

ā€œLa reforma de un pensamiento tradicional o inquisitivo, no se completa con la afirmaciĆ³n del principio de la oralidadā€, agregĆ³ y completĆ³: ā€œel juicio por jurado vino a poner en el lugar que corresponde a los ordenamientos procesales argentinosā€.

AsĆ­ mismo, subrayĆ³: ā€œestamos en un sistema republicano moderno en el que a un juicio no voy mĆ”s a investigar, voy a probarā€ y describiĆ³ al juez como ā€œel garante de que el jurado no sea llevado a un juicio injustoā€.

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