BUENOS AIRES

En Lanús se prohibió el uso, depósito y comercialización de pirotecnia

La ordenanza apunta a preservar la salud de personas con autismo y mascotas.

Buenos Aires
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La medida, que apunta a preservar la salud de personas con autismo y mascotas fue aprobada por el Concejo Deliberante durante la sesión del 5 de octubre del 2018 con el objetivo de evitar los efectos colaterales que su ruido produce en la salud de personas vulnerables o las severas lesiones que ocasiona su empleo indiscriminado.

Además, la normativa establece «zonas calmas» o áreas públicas identificadas como libres de pirotecnia: Parque Juan Piñeiro (Hornos y Dardo Rocha, Lanús Oeste); Parque Eva Perón (Córdoba y Purita, Remedios de Escalada); Parque General Belgrano (Blanco Encalada y Rondeau, Lanús Este); Parque General San Martín (Avenida Rivadavia, Sayos, Viamonte y Balbín, Lanús Oeste) y en radios menores a 100 metros de estaciones de servicio, hospitales y escuelas, entre otros.

¿CUÁLES SON LAS PROHIBICIONES?
Queda prohibido la comercialización, depósito y uso de los siguientes elementos pirotécnicos de venta libre:

– Petardos

– Fuentes

– Foguetes

– Morteros

– Mortero con tambor

– Caña voladora con paracaídas

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?
– Multas

– Arrestos

– Clausura de locales y/o decomiso

– Destrucción de la mercadería

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