La edil oficialista Virginia Correa expuso los motivos del proyecto que busca ser ordenanza ya que «muchos dueños carecen de un espacio de sepultura”.
Impulsan a construcción de un cementerio de mascotas en la ciudad
Se realizó una nueva sesión en el Concejo Deliberante de Trelew, donde la edil presentó la iniciativa para crear un «cementerio de mascotas». La propuesta pasó a comisión de Planeamiento.
La iniciativa que lleva adelante el Bloque que preside de la concejala Virginia Correa (Corriente Popular y Federal), en la exposición de motivos del proyecto se expresa que “existe una gran demanda por parte de los dueños de pequeñas mascotas de contar con un espacio “digno” para el entierro de sus animales domésticos, que son seres muy queridos e integrados en las familias”.
Y explicó que “cuando fallece una mascota, amén de la tristeza y desasosiego que provoca dicha pérdida en el seno familiar, se genera el inconveniente de la disposición final de sus restos, en tanto muchos de sus dueños carecen de un espacio de sepultura”.
Con este proyecto de ordenanza “autorizar la instalación, dentro de la jurisdicción municipal, de un cementerio-parque de carácter público o privado, para animales domésticos, dentro de las zonas permitidas de conformidad con lo estipulado en la Ordenanza de Uso de Suelos vigente”.
El proyecto de la concejal Correa tiene el siguiente articulado:
ARTÍCULO 1ro: AUTORIZAR la instalación, dentro de la jurisdicción municipal, de cementerio-parque municipal o privados para animales domésticos, según lo estipulado en la Ordenanza de Uso de Suelos vigentes y especialmente de zonificación y regulación urbana del Código de Planeamiento Urbano de la ciudad de Trelew.
ARTÍCULO 2do: en caso de los aspirantes a la instalación de los cementerios privados, deberán tener en cuenta los siguientes aspectos, relacionados con las especificaciones mínimas que deben observar los interesados al presentar sus solicitudes ante la Dependencia Municipal pertinente:
a) deberán acreditar mediante documentación pertinente, el carácter de titulares del dominio del suelo a destinarse a tal fin, como condición
imprescindible para dicho servicio, para obtener la habilitación municipal,
b) presentar la superficie mínima y máxima con que contaran los predios;
c) planta de conjunto; crematorio de animales en caso de ofrecer el servicios de cremación;
d) cercos y cortinas forestales;
e) accesos vehiculares, accesos a servicios públicos de energía y gas natural;
f) espacios verdes;
g) construcciones, especialmente dependencias administrativas, sanitarias, de uso público, etc.
ARTÍCULO 3ro.): Corresponde a la Dirección de Cementerio dependiente de la Secretaria de Obras Publicas velar por el respeto y cumplimiento de las normas higiénico-sanitarias, procurando que quienes utilicen las Instalaciones de las necrópolis reguladas por la presente Ordenanza, se ajusten a lo establecido por las reglamentaciones generales para cementerios.
ARTÍCULO 4to.): Los propietarios de los predios destinados a las actividades que especifica esta ordenanza, deben:
a) reservar dentro del espacio destinado a inhumaciones, un diez (10%) de la superficie total, para el entierro de animales sin dueños recolectados por el Municipio; como así también el servicio de cremación en forma gratuita para animales que mueren en la vía pública, dependencia municipales, casas de familias, para aprox. 200kg en forma mensual. Dichos cupos serán administrados por el área de zoonosis dependiente de la Municipalidad de Trelew.
b) garantizar el libre acceso del público en general, en los horarios especificados;
c) determinar las tarifas a cobrar por el Uso de las Instalaciones, los cuales deberán encuadrarse dentro de límites razonables y en un criterioso equilibrio, de manera que reflejen la calidad de los servicios a brindarse