RIVADAVIA - MENDOZA

Multaron a un intendente y a cinco funcionarios municipales por compras irregulares

El Tribunal de Cuentas aplicó sanciones económicas al jefe comunal de Rivadavia y parte de su gabinete por deficiencias en la compra de luminarias, cubiertas y en contrataciones de «Rivadavia Canta al País».

El Tribunal de Cuentas de Mendoza sancionó al intendente de Rivadavia, Ricardo Mansur, y a cinco funcionarios del municipio por una serie de compras y contrataciones irregulares realizadas durante el 2024. El órgano de control les aplicó multas que van de los $300.000 a los $900.000.

A través del Fallo Nº 18.347, firmado el pasado 17 de diciembre de 2025, el organismo estatal aprobó la rendición de cuentas del Ejercicio 2024 de la Municipalidad de Rivadavia pero realizó una serie de observaciones sobre irregularidades y deficiencias en algunas licitaciones y contrataciones municipales.

En ese sentido, el órgano de control aplicó una multa de $300.000 al intendente Ricardo Mansur, quien gobierna la comuna del Este desde diciembre de 2023 liderando el partido municipal Sembrar. Años atrás había gobernado la comuna en varios periodos como representante del radicalismo.

También fueron sancionados Lucio Ángel Gutiérrez, secretario de Gobierno, por $300.000; José David Ficara, Secretario de OBras y Servicios Públicos, por $400.000; Orlando Javier Aranda, secretario de Hacienda, por $300.000; José Leonardo Luna, contador municipal, por $900.000 y Luis Raúl Hernández, coordinador de Compras y Suministros, por la suma de $300.000.

Irregularidades en una licitación de luminarias
Uno de los principales puntos que observó el Tribunal de Cuentas fueron las deficiencias en expedientes vinculados a la contratación y pago de luminarias. En concreto, cuestionó la ampliación de una licitación para adquirir led fuera del plazo previsto originalmente.

A través de la Resolución 2213, firmada el 30 de julio de 2024, se aprobó 47 días después la ampliación de la adjudicación de la licitación pública autorizando adquirir 64 luminarias LED nuevas SX50 por 75 w.

Según los auditores esta medida se tomó posteriormente a la adjudicación y señalaron que fue incorrecta la imputación presupuestaria, calificándolo como un procedimiento administrativo irregular.

Fueron señalados como responsables de esta irregularidad el intendente Mansur, por firmar la resolución, el secretario Gutiérrez y el contador Luna.

Deficiencia en la compra de cubiertas
Por otro lado, en el marco de una licitación pública para la compra de cubiertas se observó que las solicitudes para la adquisición de los neumáticos carecían de justificación en cuanto a la necesidad, ya que se limitan a pedir cantidad y especificación, pero sin identificación de las unidades que necesitan las cubiertas y el estado de las que se buscaba reemplazar.

La auditoría también señaló que los neumáticos adquiridos eran incompatibles con el parque automotor del municipio y debieron intercambiarlos por otros con características acordes a las necesitadas. Incluso en uno de los casos por diferentes cantidades. También cuestionaron que no exista un control de stock de los bienes en esta área.

En este ítem fueron señalados como responsables los secretarios de Obras y Servicios Públicos, de Hacienda, el contador municipal y el coordinador de Compras y Suministros.

Rivadavia Canta al País bajo la lupa
El Tribunal de Cuentas también puso la lupa sobre deficiencias en las contrataciones y el pago de artistas para el tradicional Festival Rivadavia Canta al País. Los artistas contratados para la edición de esta festividad fueron Lázaro Caballero, el Chaqueño Palavecino, La Konga, Gauchito Club, Javier Cantero y Les Alfajores.

Los auditores detectaron que no existió un volante de imputación preventiva, que refleje la reserva de partida presupuestaria previa a la autorización del gasto.

También indicaron que se firmaron contratos a través de representantes que declaran tener derechos exclusivos para representar al artista, pero no se acreditó en forma documentada esta representación exclusiva.

En tanto, las resoluciones de autorización de la contratación de los artistas, en la mayoría de los casos, son de fecha posterior a la firma de los contratos, y no especifican el encuadre legal entre las excepciones a la licitación pública.

Asimismo, se abonan anticipos a algunos artistas y no queda acreditado el pago de impuesto de sellos, o en su defecto, constancia de exención o no retención de dicho impuesto, marcando incumplimientos con la normativa vigente.

El Tribunal determinó que los responsables incurrieron en diversos incumplimientos a la normativa vigente, que se encuadran en procedimientos administrativos irregulares. Sin embargo, resolvió no sancionarlos tras los descargos y explicaciones que realizaron.

Solamente fue multado el contador municipal por los procedimientos administrativos irregulares como la falta de reserva de partida presupuestaria previa a la autorización del gasto y el incumplimiento al Código Fiscal en relación al impuesto de sellos.

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