Castelli fue sede de una multitudinaria jornada referida al sistema de juicios por jurados en lo que significa la previa del desembarco del sistema en la sexta circunscripciĆ³n judicial a partir del segundo semestre.
Multitudinaria jornada sobre juicio por jurados en Castelli
Alrededor de 120 personas participaron de la actividad que tuvo lugar en la extensiĆ³n Ć”ulica de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y PolĆticas de la UNNE con la participaciĆ³n como expositores de la presidenta del Superior Tribunal de Justicia del Chaco, Emilia MarĆa Valle y su par VĆctor del RĆo.
AdemĆ”s estuvieron presentes el intendente local Pio Sander y su par de Miraflores, Jorge Frank; Karina Rach, presidenta del Concejo Municipal; Luis Alegre, director extensiĆ³n Ć”ulica de la UNNE; la presidenta de la CĆ”mara de Apelaciones Multifuero, Alejandra Genovese; los camaristas Gladys Regosky y RaĆ¹l Rach, magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, integrantes de la extensiĆ³n Ć”ulica, estudiantes, profesionales del derecho y pĆŗblico en general.
En primer lugar, Mariela Benavento presentĆ³ la actividad en lengua qom. Luego dieron la bienvenida Alegre y Sander. A continuaciĆ³n Genovese repasĆ³ la historia de la implementaciĆ³n del juicio por jurados, marcando la intervenciĆ³n y los antecedentes de Valle y Del RĆo, y reflexionĆ³: āel jurado llegĆ³ para quedarseā. RecordĆ³ ademĆ”s que ācon el primer juicio por jurados la cultura tambiĆ©n se hizo presenteā y mencionĆ³ al escultor Fabriciano GĆ³mez, creador del martillo utilizado en aquella ocasiĆ³n.
Valle: el sistema acusatorio es el que nos manda la ConstituciĆ³n
En su disertaciĆ³n, Valle, remarcĆ³: āes un placer venir a hablar de este instituto que como dice HĆ©ctor Granillo FernĆ”ndez fue durante tanto tiempo vivida desde el rechazo, la invisibilizaciĆ³n y la ausencia en la currĆcula de la facultadā. Y ampliĆ³ con lo dicho por la experta Valerie Hans: āla experiencia argentina es la mĆ”s exitosa en un paĆs de tradiciĆ³n inquistorialā.
MĆ”s adelante citĆ³ a Andres Harfuch cuando indica que el Ć©xito del jurado se debe a que las leyes provinciales argentinas responden al modelo clĆ”sico respetando sus notas caracterĆsticas. AgregĆ³: āel Ć©xito del jurado se debe tambiĆ©n a dos cuestiones trascendentales ; en los Ćŗltimos aƱos se promovieron reformas tendientes a mejorar la administraciĆ³n de justicia, transparentarla y tener mayor credibilidad, en especial, en el sistema penalā. āNuestro desafĆo como poder judicial es detenernos en los conflictos, promover la armonĆa y la paz socialā, aƱadiĆ³.
āOtra cuestiĆ³n es el paso del sistema inquisitorio al acusatorio, previo paso por el mixto, que es el que nos manda la constituciĆ³n. Y no existe un sistema acusatorio adversarial real sin juicio por juradosā reflexionĆ³.
Luego repasĆ³ distintas etapas de la evoluciĆ³n del sistema de juicio por jurados en el paĆs y en el Chaco; asĆ como las caracterĆsticas de la ley 2364-B.
Por Ćŗltimo, considerĆ³: āel juicio por jurados es una tarea de colaboraciĆ³n entre el juez tĆ©cnico y los jueces ciudadanosā.
Del RĆo: devolver al pueblo el poder de ser parte del sistema judicial
A su turno, Del RĆo indicĆ³ que este sistema tiene como objetivo ādevolver al pueblo el poder de ser parte del sistema judicialā. āEstamos hablando de la construcciĆ³n de una nueva sociedadā en la que reconozcamos āel valor que tiene cada ciudadano y una distribuciĆ³n distinta del poderā que procede de āla legitimaciĆ³n que el pueblo hace de los actos de gobiernoā.
āNo es sencillo aplicar un cambio copernicano, requiere el esfuerzo de todosā, reconociĆ³.
En otro punto de su exposiciĆ³n recorriĆ³ otras caracterĆsticas del instituto, haciendo hincapiĆ© en la audiencia preliminar y la de voir dire , describiendo algunas cuestiones relacionadas con las dificultades que pueden enfrentarse durante la celebraciĆ³n de las mismas.
Del RĆo explicĆ³ que mediante cada juicio por jurado pueden ver ācuan atado estamos al expediente o si estamos pasando a un sistema acusatorio verdaderamente autĆ©nticoā.
āLa reforma de un pensamiento tradicional o inquisitivo, no se completa con la afirmaciĆ³n del principio de la oralidadā, agregĆ³ y completĆ³: āel juicio por jurado vino a poner en el lugar que corresponde a los ordenamientos procesales argentinosā.
AsĆ mismo, subrayĆ³: āestamos en un sistema republicano moderno en el que a un juicio no voy mĆ”s a investigar, voy a probarā y describiĆ³ al juez como āel garante de que el jurado no sea llevado a un juicio injustoā.